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TEXTO DEL ANTEPROYECTO LEY VIVIENDA DEL PAIS VASCO

28 comments

91a81617ac0fcb571b17716349b6cb90.jpgOs he hablado en varias ocasiones del Anteproyecto de Ley de garantía del derecho ciudadano a una vivienda digna.

Creo que ha llegado el momento de, además de hablar del mismo, compartir con todos vosotros y vosotras su texto.

Os dejo dos documentos:

  1. Anteproyecto de ley de garantia del derecho ciudadano a una vivienda digna

     

  2. Un artículo mío que creo ayuda a encuadrar y entender el Anteproyecto.

El Anteproyecto es un texto largo, y puede que en alguna de sus partes prolijo y de difícil comprensión, pero me gustaria señalaros que su columna vertebral es la configuración de la vivienda como un verdadero derecho exigible a las Administraciones Públicas y a los tribunales (derecho subjetivo a acceder a una vivienda en condiciones dignas, lo que en este texot legal se traduce el acceso a techo en alquiler protegido). De esa columna vertebral nacen el resto de apuestas del Anteproyecto: las políticas públicas de vivienda, la necesidad de coordinar las mismas entre si, la participación ciudadana en las políticas públicas de vivienda, las obligaciones de alquiler tanto para las Administraciones como para los privados, el tratamiento de la sobreocupación y el de la vivienda vacía, la apuesta por la sostenibilidad y la accesibilidad en materia de vivienda, el tratamiento de la rehabilitación y la regeneración urbana, el perfeccionamiento del régimen legal de la vivienda de protección pública, la protección de los derechos de los consumidores en materia de alquiler, la profesionalización del sector de la vivienda, etc.

A este texto lo queda un largo camino para convertirse en Ley, pero vuestras sugerencias nos pueden ayudarnos a todos a mejorarlo y a procurar que la misma sea, en breve, la ley de vivienda que necesita Euskadi.

Como es evidente tengo mucho interés en vuestras impresiones, sugerencias, comentarios, etc. Así que espero vuestro retorno.




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Comentarios

  • A ello me pongo. Ansioso me tenías ya con el Anteproyecto dichoso... A ver si así me quito el regusto amargo de la última azaña legal de Espe...

  • Julio, como puedes suponer, tu opinión es para mi muy importante. La espero con fruición. Un saludo estival.

  • Buenas tardes

    En primer lugar, felicitarte por tu blog. Llevo varios meses siguiéndolo, y bastante alucinada de que cargos públics en Euskadi expreseis abiertamente vuestras opiniones y nos permitais la participación.

    Yo también esperaba ese anteproyecte. Lo estudiaré a fondo este verano, comparado con el proyecto de Llei pel dret a l'habitatge que está en trámite parlamentario en Catalunya. De momento he ido "directa" al título IV, el que más me interesa por nuestro trabajo contra el acoso inmobiliario.

    Estableceis "áreas de rehabilitació integrada" y "àreas degradadas" (¿parecidas a nuestra "LLei de Barris"?), y entran en juego sociedades urbanísticas. No veo definidas en el titulo IV medidas especiales de protección de los residentes (propietarios o inquilinos).

    Mi pregunta, a la vista de la mala experiencia en áreas de rehabilitación (casc antic, Barceloneta etc.) o de transformación por "degradación" (Bon Pastor, etc.) y el fenómeno del denominado "mobbing inmobiliario":

    -¿teneis previsto establecer de forma sistemática áreas de tanteo en los ámbitos de rehabilitación delimitados?
    -¿teneis previstos mecanismos extraordinarios de protección de los ocupantes en cuanto a posibles presiones/expulsiones?
    -¿teneis previstos mecanismos de participación y seguimiento?
    -¿Se dejaran estos aspectos para posterior desarrollo en los planes especiales? Y si este es el caso... ¿no seria mejor incorporarlos a nivel de Ley?

    Desconozco la situación inmobiliaria de Euskadi y puede que mis preguntas esten fuera de lugar.

    Salutacions des de Barcelona (y felices vacaciones!)

  • Estos de Euskadi, definitivamente van por delante...generan tanta positiva reflexión que no hacen sino darnos una sana envidia. Salut¡

  • No he leido el anteproyecto aun pero lo he visto un poco por encima.

    Una pequeña critica constructiva. Seria muy practico y comodo para leer que el indice tuviera vinculos para poder desplazarte de un punto a otro rapidamente y lo mismo con los artículos, es decir, cuando pone por ejemplo " deben cumplir todo lo que dice el artículo 52 y 53" poder clicar en esos números para desplazarte rápidamente.
    Es realmente cómodo para los lectores y hace que sea mucho mas rápido poder leer y seguir los diferenetes saltos.

    Por lo demas, yo que llevo dos meses buscando un alkiler por Bilbao o alrededores he llegado a las siguientes conclusiones, o ideas:

    1.- La oferta de alkileres es muy baja en comparación a la demanda, por lo que los precios de los alkileres son increiblemente altos. (Un piso para dos personas medianamente decente, está alrededor de los 800 euros).
    Posible solución:
    Regular por ley el valor máximo que puede alcanzar una casa de alkiler. Es decir, que vaya un tasador del gobierno y diga, "señora, este piso de mierda no vale mas de 300 euros, por favor, no pida usted 800", y por ley regular ese precio. Sino, la necesidad hace que mucha gente "trage" los precios y se retroalimenta la espiral de oferta y demanda, haciendo que el precio se dispare sin nigun tipo de control, beneficiendose mucha gente de la necesidad de otros muchos.

    2.- Todo aquel que tenga más de un piso en propiedad, se le aplique una penalización por tenerlo vacio, es decir que page un monton de dinero por tenerlo sin alkilar, y si lo alkila, no page nada. Asi se solucionaría el problema de la gente que tiene en propiedad 3 o 4 casas.

    Ceo que estas dos medidas serían muy impopulares para cierto sector de la sociedad (la gente que se aprobecha de un derecho, como es el de la vivienda) pero creo que sería realmente popular para un sector muy grande de la sociedad que NECESITA una casa.

    Un saludo cariñoso y animo con el anteproyecto, espero que sirva para mejorar esta situación insostenible.

  • kap sa, gracias por tus comentarios elogiosos. La verdad es que fuera de Euskadi se nos reconocen cosas que a mucha gente no le gusta reconocer en Euskadi. dicho lo anterior, aqui quedan miles de cosas por mejorar.

    Un saludo,

  • Txomin, gracias por pasar por pasar por mi blog y muchas más aún por participar en el mismo.

    1.- lo primero que propones (tasar por ley los alquileres) no lo puede hacer una ley de una CA. Si acaso lo puede hacer una ley estatal.

    2.- lo segundo que pides (penalización vivienda vacía) lo puedes encontrar en el anteproytecto vasco en los artículos 89 y siguientes.

    Gracias por los ánimos y más aún por el cariño del saludo.

    Espero que en este blog te puedas sentir como en tu casa.

    Un saludo,

  • Bueno, respecto a la imposibilidad de hacer una ley de esas caracterísitcas no hace mas que acrecentar la idea que tengo respecto a la independencia de este pais. Creo que ese tipo de leyes y muchas mas nunca se llevarán si seguimos dependiendo de Madrid. Por ello os animo a que sigais reibidicando con nosotros es derecho a decidir de nuestro futuro. Será el inicio de un nuevo mundo.

    Respecto a la segunda parte, me parece muy correcta la medida. Como en todas las leyes "el que hace la ley hace la trampa" por lo que seguro que muchos listillos prepararan toda una serie de trucos para no pagar este impuesto. Yo desde aqui os animo a que se vigile muy bien a esta gente y en un futuro se modifiquen los criterios de para penalizar a los multipropietarios de vivienda. Ya bale de hacer negocio con un derecho.

    Hasta la proxima.

  • Por cierto, se me olvidaba, para cuando crees que se aprobará esta ley y entrará en vigor??

    Otro saludo cariñoso.

  • Txomin, varias cosas:

    1.- la ley se aprobará, una vez remitida al Parlamento Vasco, cuando los grupos parlamentarios alcancen un acuerdo; es decir, cuando ellos quieran. El Proyecto de Ley estará en el Parlamento después del verano, así que sus señorías pueden aprobarla tan pronto como a principios del 2008.

    2.- respecto a lo de que la independencia puede traer el socialismo, el final de las clases sociales, el fin del terrorismo, la justicia social y sexo en todo momento para los vascos ... la verdad es que no creo que pueda llegar a ser así. La ley que tase el precio de los alquileres no va a aprobar hoy en Madrid ni se aprobaría tampoco en una hipotética Euskadi independiente, pues independiente y todo seguiríamos teniendo derecha e izquierda tímida en nuestro país. Por cierto, yo soy federalista, no independentista, aunque reivindico mi derecho a decidir que tipo de vinculo quiere tener Euskadi con España.

    3.- respecto a evitar las tranpas con el canon de la vivienda vacía, en eso estamos, pero cualquier ayuda (sobre mejoras en el texto) es bienvenida.

    4.- Te lo digo con cariño, ¿podrías vigilar la ortografía un pelín?

    Agur bero bat,

  • Bueno, bueno, intentaré pasar el corrector de Word cuando escriba. La verdad es que prefiero escribir en euskera pero bueno, asi y todo lo intentaré...jeje.

    Respecto a lo de la independencia, yo soy de los que si cree en esas cosas. Si se aprueba esa ley aqui no tendría que pasar ningun filtro en Madrid. Eso creo que es un paso sustancial. Por ejemplo, no tendriamos que pagar con el cupo al rey ni al ejercito (que no fueron elegidos por nosotros sino que fueron impuestos) y asi un monton de muchas cosas mas.
    Al fin y al cabo la idea del Federalismo y el independentismo no es muy diferente una de la otra. Los dos piden la misma cosa. Que se respeto lo que diga el pueblo. Así de simple.

    Seguiré leyendo el anteproyecto y ya te comentaré si me surge alguna idea. Creo que habría que definir bien cuales son los parametros para saber que pisos estan vacios y cuales que no.

    Animo con el anteproyecto, creo que es una buena idea.

    Laster arte.

  • Bruna, muchas gracias por pasar por mi humilde blog y más aún por participar en el mismo.

    Celebro que te parezca bien que los cargos públicos hablemos abiertamente de lo que pensamos (sobre nuestro cargo y sobre otras cosas). Yo creo que simplemente debería ser normal en un Estado que quiere ser social y democrático de derecho. Pero admito que, de momento, es excepción y no regla.

    En relación a todas tus preguntas sobre regeneración urbana, rehabilitación y acoso inmobiliario, te diré que en tus preguntas está parte de la respuesta.

    En materia de rehabilitación de vivienda, la intervención publica de Ayuntamientos y Gobierno Vasco - muchas veces a traves de las sociedades publicas de rehabilitación - ha sido siempre muy intensa.

    La necesidad de actuar en suelo urbano a traves de operaciones de regeneración urbana en Euskadi - escasea el suelo urbanizable o simplemente no existe en los lugares de mayor presion inmobiliaria - ha hecho que en materia de rehabilitación y regeneración urbana la presencia publica sea la protagonista sino única, si casi única - a traves de ordenes de ejecución o de política subvencional generosa -.

    En la ley vasca de suelo se preve la posibilidad de delimitar areas de tanteo y retracto sobre bienes y derechos que vayan a quedar comprendidos en estas areas. Tambien excepcionalmente y con garantías para el interes general se preve la llamada a la iniciativa privada - agente rehabilitador-.

    Por todo ello el tema de acoso inmobiliario en Euskadi no es un fenómeno generalizado, como creo que si es en Catalunya.

    Esto nos ha llevado, espero que acertadamente, en el Título VI del proyecto de ley (en el que se habla de vivienda vacía y sobreocupada) a no tocar expresamente el tema del acoso inmobiliario.

    Espero que esto responda en parte a tus preguntas.

    Como es claro, espero tus opiniones sobre el resto del proyecto de ley, una vez que la hayas leído en verano.

    una fort abraçada

  • Bruna, por cierto, se me ha pasado una cosa que me parece evidente aqui, pero que quizás no lo sea en otros sitios. Siempre que se hacen actuaciones de rehabilitación se garantiza el derecho al realojo de los habitantes de la zona a rehabilitar. Nunca se mueve una piedra sin antes de garantizar este derecho. Se realoja temporalmente fuera del ámbito de actuación y las primeras casa nuevas son para los realojos definitivos de los moradores originarios de la zona. Sin esto ni movemos ni autorizamos a mover ni una piedra.

    Antes no lo he comentado por parecerme evidente. Pero luego viendo lo que se hace en muchos sitios de España no me ha parecido tan claro y por eso lo explicitio.

    Agur bero bat

  • Txomin, agradecerte tu apoyo al anteproyecto de ley. No quiero seguir insistiendo en lo de que la independencia no traerá, por si, el socialismo. Creo que es bastante obvio que aqui en Euskadi hay fuerzas conservadoras (no solo en la derecha) que, aunque fuesemos independientes, impedirían una ley vasca de tasación de los alquileres. O al menos sería igual de dificil de conseguirlo en Madrid como en Gasteiz. E insisto en que coincido con los independentistas en querer que Euskadi decida su futuro, pero disiento del modelo a elegir. El mio es federal (http://es.wikipedia.org/wiki/Federalismo y http://www.ehu.es/sarrikosolidario/temas/conflicto_vasco/Federalismo%20libre%20adhesi%F3n.pdf)

    Agur bero bat

  • Tal vez este no sea el foro para debatir estas cosas pero hay dudas que me recorren el cuerpo.
    Una pregunta sobre vuestra propuesta de Federalismo. Dice la definición de wikipedia que los territorios federados tienen competencias propias y que delegan a una instancia superior (El estado Español??) algunas competencias (el ejercito, el rey??).
    La pregunta entonces es, que diferencia hay entre el estado de autonomias actual y el federalismo?? No es acaso lo mismo??

    Izquierda unida esta a favor de la monarquia??

    Un saludo.

  • Ah, se me olvidaba!! Ayer te vi en la tele en ETB2 en un reportaje sobre la vivienda.
    Muy elegante ibas con tu traje y corbata...jeje.

  • Gracias por tu respuesta Leolo.

    Leeré el anteproyecto de ley completo, desde luego.

    Una abraçada

  • Todavía no he tenido tiempo de leer el texto completo, pero planteo por el momento dos cuestiones:

    1.- Es un problema general, lo sé, desde la Constitución, pero echo en falta una definición de lo que se considera en la ley una "vivienda digna", ya que todo el texto va encaminado a garantizar ese derecho.

    2.- En el artículo 54, apartado 3, cambiaría la expresión "podrán ser actualizados" por "deberán ser actualizados anualmente". De este modo, se evitará el congelamiento de los límites de ingresos que ha habido durante estos años.

    Un saludo,

  • Ricardo, muchas gracias por tus sugerencias. Creo que el primero de tus comentarios tiene respuesta no tanto en la ley como en uno de los reglamentos que debe desarrollarla.

  • Hay matices y puntualizaciones que DEBEN de hacerse desde la propia ley, precísamente para evitar especulaciones y arbitrariedades a posteriori. Algo que ocurre frecuentemente al desarrollar muchos reglamentos, precisamente por dejar la ley demasiadas puertas abiertas....

  • totalmente de acuerdo. Es un grave riesgo que se dejen asuntos importantes para la vía reglamentaria. Discutamos esos temas importantes en el parlamento, que es donde reside la sobreranía popular, que no se encuentra precisamente en los despachos de los distintos Departamentos del Gobierno. Y la definición de vivienda digna la considero de vital importancia como para estar en la ley.

    En cuanto a la apreciación del artículo 54.3 de Ricardo, no creo que lo cambien, más bien lo han puesto así porque han querido. En alguna intervención ya han apuntado su intención de no subir los límites según el IPC. Si lo dejan así en la ley, tienen base legal para no subirlos. Lo apunté en otra ocasión. Pasa así con muchas ayudas. En las becas para familias con hijos en guarderías que impulsa el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales llevan años sin actualizar los tramos de renta ni las ayudas que dan, con lo cual familias que el año pasado o hace dos eran "merecedoras" de ayuda, por la simple subida de sueldos del IPC dejan de serlo. Así, meses después alardearán en los medios sobre que han concedido ayudas al 100% de las familias que lo necesitaban. Pues es falso, si una familia lo necesitaba hace una año, porque le suba el ipc sigue siendo merecedora.

  • A mí me parece un descaro sin excusa que los límites de ingresos máximos no se revisen anualmente y, en cambio, los precios de venta máximos de las VPO sí se revisan anualmente en base al IPC (y eso que, si he leído bien el texto del anteproyecto, de esto no se dice nada; ¿se seguirán actualizando?).

    http://www.etxebide.info/q01a/q01anews_one.jsp?id=6633

  • Ricardo, maider ya ha indicado muy acertadamente cual es el objetivo de este tipo de ambiguedades y descuidos...

  • maider, Ricardo y marta os veo algo susceptibles. Os lo digo con afecto, sin coñas.

    Vamos por partes, la ley tiene que tener un cierto equilibrio entre regular y no congelar de rango legal. Es decir, tiene que regular la materia de vivienda, pero no tiene que impedir la adaptación de la ley a las nuevas circunstancias a través de los reglamentos. La gente que ha visto la ley, en general, ha dicho que puede pecar de reglamentista, no de ambigua.

    Respecto a lo de actualizar los ingresos y los precios máximos por decreto u orden (ambas cosas se hacen por vía reglamentaria) deciros que en los últimos años los precios de la viviend aprotegida se han actualizado bastante y los ingresos máximos no poco. Os recuerdo que hasta hace poco el ingreso máximo eran 33.000 euros al ños y desde hace unos meses son 43.000 euros al año.

    Ya os digo, os veo un poco susceptibles, aunque con una clara voluntad de aportar, debatir, mejorar.

    Muchas gracias por esta voluntad.

  • Pensaba que 43000 es el límite para las tasadas. Las de régimen general mantienen los 33100 de hace años. BOPV de 31/12/02: Límite 33100. En el mismo articulo: "Los ingresos previstos en los apartados 1 y 2 , a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, serán actualizados mediante Orden del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales" No encuentro ninguna Orden posterior que modifique ese aspecto. Y dice "serán" no "podrán ser" como se propone ahora. Si no se ha cumplido el "serán", pues imagino que el "podrán ser" menos. Si estoy equivocada, agradecería me indicases cuales son los límites máximos anuales para acceder a vpo de regimen general y pido de antemano disculpas por el error.

    Y me parece que esta modalidad de tasadas no es de vuestra simpatía. Por eso, que digo que los límites no se han modificado. Si se han modificado no ha sido desde Vivienda al menos.

    Una persona que en 2003 si podía acceder a vpo, ahora, por subida del ipc se ha podido quedar fuera de la vpo de régimen general. En estos 4 años habrá perdido poder adquisitivo (porque la vida no sube al ritmo del ipc) y por contra deja de optar a vpo y tiene que acudir a la tasada.

    No creo que sea cuestión de suseptibilidad. Quizá creo que queremos conocer la realidad de las cosas. Gracias por contestarnos una vez más.

  • Don Rafael, por off topic total (vamos de manual) me veo obligado a suprimir su comentario. Creame que lo lamento. Un saludo.

  • Arratsaldeon!!!

    ¿ Qué sucede con el anteproyecto? ¿hay alguna noticia? ¿ Se ha remitido ya al parlamento Vasco?

    1.- la ley se aprobará, una vez remitida al Parlamento Vasco, cuando los grupos parlamentarios alcancen un acuerdo; es decir, cuando ellos quieran. El Proyecto de Ley estará en el Parlamento después del verano, así que sus señorías pueden aprobarla tan pronto como a principios del 2008.

    Muchísimas gracias.

  • Maria, este pasado fin de semana se ha hecho público que la ley estará antes de junio en el Parlamento. Después lo que sus señorías quieran ...

    Gracias por pasar por aqui y por participar.

    Un saludo

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