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  • NEUROCIENCIAS Y RESPONSABILIDAD JURIDICA

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    Hace ya algún tiempo que vengo hablando de neurociencias y responsabilidad jurídica con algunas personas de mi entorno completamente ajenas al mundo del derecho. Su tesis fundamental es que la ciencia está ya capacitada para establecer algunas de las bases físicas y químicas del funcionamiento del cerebro (in fine, del comportamiento humano) y que eso debe influir sobre los mecanismos de atribución de responsabilidad jurídica.

    A mi la idea no me escandaliza. Los humanos somos pura química y no me parece extraño que algunos comportamientos se puedan explicar total o parcialmente en función de determinadas particularidades físicas o químicas del funcionamiento cerebral humano. Pero una cosa es, por ejemplo, especular sobre que ciertos comportamientos punibles pueden explicarse parcialmente por predisposiciones genéticas, psicofísicas o químicas y otra bien distinta es afirmar indubitablemente que una persona no es responsable de cierto comportamiento al haber una relación causa efecto entre el exceso/abundacía/ausencia de ciertas sustancias químicas cerebrales o del sistema nervioso y un comportamiento humano inevitable, ajeno a la voluntad de las personas.

    Hace unos días un tribunal italiano ha reducido la condena a una persona que incuestionablemente era la autora material de un asesinato (los hechos habían quedado perfectamente probados en el procedimiento penal), en virtud de una alteración del gen MAOA (monoaminooxidasa A, que metaboliza un neurotransmisor). Los científicos parece que pueden probar una relación de predisposición a la violencia en las personas con el gen MAOA alterado.

    En la comunidad jurídica veo opiniones no muy favorables (como ejemplo os dejo estos dos links 1 y 2). Al parecer a algunos juristas les cuesta aceptar que muchos comportamientos humanos tienen una explicación neurocientífica al margen del elemento volitivo humano.

    Yo no estoy ni entre los que piensan que casi todo el comportamiento humano se puede ya o se va a poder explicar por los neurocientíficos, casi sin dejar lugar a la voluntad de los sujetos, ni entre los que consideran que la única explicación del comportamiento humano es la voluntad de las personas y que la ciencia nunca va a poder probar de forma inatacable la relación entre lo químico y lo físico y nuestro comportamiento. Yo me encuentro más bien a medio camino. Necesito una alta certeza científica, casi total diría yo, para reducir o hacer desaparecer la responsabilidad jurídica de autores ciertos de hechos probados, pero estoy persuadido de que la ciencia va a ir probando, poco a poco, que en muchos casos la química y la física de nuestro cerebro y sistema nervioso estan en la base de comportamientos humanos ajenos a la voluntad del sujeto en cuestión. Y advierto a los malpensados, no se trata de conseguir la absolución fraudulenta de culpables con razonamientos pseudocientíficos y un abogado listillo, sino de evitar la condena de personas que la ciencia puede probar que no pueden controlar plenamente algunos de sus actos. Lo bonito sería que la ciencia no solo pueda probar eso, sino que además encuentre un remedio (neorofármacos) para ese desequilibrio.

    Sea como fuere, estamos ante un debate apasionante que va a requerir un diálogo fructífero entre el derecho y las neurociencias. Los neurocientíficos están por la labor. ¿Lo estamos los juristas?

     

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