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Plataforma Vivienda Digna

  • ENMIENDAS DE IU-ICV A LA LEY DE MODERNIZACION DEL MERCADO HIPOTECARIO

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    medium_thumb_medium_Que_no_hipotequen_tu_vida-_vdevivienda_2.2.jpgHemos hablado ya en otras ocasiones en este blog de la necesidad de modificar la legislación hipotecaria para garantizar el derecho de la ciudadanía a acceder a una vivienda digna a unos precios razonables. En estos momentos está tramitándose en las Cortes un proyecto de ley de modernización del mercado hipotecario.

    Yo siempre he defendido que para limitar el precio de la vivienda libre hay que restringir el crédito hipotecario a determinados parámetros de política social y económica.

    Pues bien, hace unos días el Grupo Parlamentario de IU-ICV presentó sus enmiendas a este proyecto de ley. Me tomo la libertad de destacaros una de esas enmiendas. La que yo llamo la enmienda Billy-leolo pues la hemos redactado de forma conjunta Billy de la Plataforma por una Vivienda Digna de Madrid y yo mismo, como sabéis Director del Gobierno Vasco.

    La enmienda pretende que los créditos hipotecarios tengan una duración limitada en el tiempo y que las personas y familias solo se puedan endeudarse en un porcentaje razonable de sus ingresos mensuales. Estas dos medidas, aplicadas por todos los bancos y cajas de ahorros, de forma progresiva, tienen la capacidad de contener el precio de la vivienda libre, ante la nueva capacidad de pago de los demandantes de vivienda, hacer más accesible la vivienda a la ciudadanía y no frenar bruscamente la actividad económica vinculada a la construcción.

    Os dejo el texto de la enmienda, así como la justificación de la misma. Esperemos que la izquierda representada en el Parlamento español tenga a bien considerar este tipo de medidas.

    ENMIENDA

    De adición

    Se crea un nuevo capítulo con el siguiente redactado:

    “CAPÍTULO VI bis Límites al sobreendeudamiento familiar

    Artículo 12 bis. Modificación de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario.

    Se crea una nueva sección en la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario con el siguiente tenor literal:

    Sección IV bis. LÍMITES AL SOBREENDEUDAMIENTO FAMILIAR

    Artículo veinticinco bis.

    1.- Las operaciones de préstamo a que se refiere esta Ley cuando tengan por finalidad financiar, con garantía de hipoteca inmobiliaria, la construcción, rehabilitación y adquisición de viviendas no podrá concederse por las entidades referidas en la Sección I de esta Ley:

    • desde la entrada en vigor de esta Ley hasta el 31 de diciembre del año 2007 por un plazo de amortización superior a los 25 años
    • desde el 1 de enero del 2008 hasta el 31 de diciembre del 2008 por un plazo de amortización superior a los 20 años.
    • a partir del 1 de enero del 2009 por un plazo de amortización superior a los 15 años.

    2.- Las referidas operaciones de préstamo no podrán concederse por las citadas entidades:

    • desde la entrada en vigor de esta Ley hasta el 31 de diciembre del año 2007 cuando el pago mensual conjunto de intereses y devolución del principal supere el 40% de los ingresos personales o familiares de los obligados en las operaciones de crédito hipotecario.
    • desde el 1 de enero del 2008 hasta el 31 de diciembre del 2008 cuando el pago mensual conjunto de intereses y devolución del principal supere el 35% de los ingresos personales o familiares de los obligados en las operaciones de crédito hipotecario.
    • a partir del 1 de enero del 2009 cuando el pago mensual conjunto de intereses y devolución del principal supere el 30% de los ingresos personales o familiares de los obligados en las operaciones de crédito hipotecario.

    Artículo veinticinco ter.

    Reglamentariamente se desarrollará el régimen normativo de las medidas reguladas en el artículo anterior contra el sobreendeudamiento hipotecario familiar.

    MOTIVACIÓN:

    En la actual coyuntura económica el crédito hipotecario para la financiación de la compra de vivienda sin límite legal alguno está cebando una espiral inflacionista de los precios de este bien. Dado que la vivienda es, además de un bien económico, el soporte físico del ejercicio de un derecho constitucional de evidentes implicaciones sociales, entendemos necesario tomar medidas para, a corto plazo, evitar el sobreendeudamiento hipotecario de las personas y familias, así como a medio plazo frenar el incremento de los precios de la vivienda libre o de mercado.

    Ciertamente esta medida no se puede entender de forma aislada y debería de ir acompañada de otra política fiscal en relación a la vivienda (que primara el alquiler frente a la compra, la vivienda protegida frente a la vivienda de mercado y la movilización de vivienda vacía), de una política legislativa diferente en materia de suelo (que propiciara sede autonómica, dado que son las CCAA las competentes legislativamente en esta materia, la existencia de elevadas reservas de suelo para vivienda protegida), así como por políticas públicas que incrementaran el parque de vivienda protegida, el alquiler social y la movilización de la vivienda vacía hacia el alquiler.

    De la misma manera, no será posible hacer de la vivienda un derecho constitucional real, y no meramente formal, sin una reforma de la financiación de las Corporaciones Locales y, no lo neguemos, de la propia financiación de los partidos políticos.

    Todo este conjunto de medidas harían de España un país más “centroeuropeo o escandinavo” en materia de vivienda. Ninguna de las medidas por sí sola tiene capacidad de hacer la vivienda, un derecho constitucional, accesible y digna a la ciudadanía. Pero todas ellas, de forma conjunta, sí que pueden tener esta virtualidad. Dicho todo lo anterior, la existencia de límites legales al crédito hipotecario es una de las medidas angulares sobre las que debe descansar una nueva política de vivienda en España.

     

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  • CON TODO EL RESPETO Y AFECTO, UNA ACLARACION A LA PVD DE ALAVA

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    medium_alokabide2.jpg.gifEl domingo leí en determinado diario que la Plataforma por una Vivienda Digna de Alava denunciaba las condiciones de los alquileres en general y los del Gobierno vasco en particular.

    Entre otras cosas se decían que los jóvenes se quedan fuera de los alquileres de las viviendas protegidas de alquiler por no llegar a los ingresos mínimos y que esos alquileres eran muy caros.

    Con todo el respeto y el afecto que me merecen los movimientos sociales, quiero hacer un par de aclaraciones para que todos tengamos claro de que estamos hablando:

    1. el ingreso mínimo para acceder a los sorteos de alquiler de Etxebide es de 3.000 euros al año, que se rebaja a cero euros en el caso de discapacitados y víctimas de violencia de genero (ingresos superables cobrando IMI o AES y desde luego trabajando a tiempo parcial, en el caso de combinarlo con el estudio) 
    2. el alquiler medio en las viviendas de alquiler gestionadas por el Gobierno Vasco es de 250 euros al mes
    3. los alquileres se cobran por parte del Gobierno en función de los ingresos de las personas o familias que viven en esas viviendas (a más renta más alquiler y viceversa)
    4. el alquiler medio de mercado en Euskadi es de 800 euros al mes y en Vitoria incluso se estápor encima de esa cifra.
    5. en Vitoria-Gasteiz hay varios miles de viviendas protegidas en alquiler social, todas ellas construidas en los últimos años (antes no se hacía ni una) y todas ellas gestionadas por el Gobierno Vasco, dado que el Ayuntamiento de la ciudad se ha desentendido de esta labor.

    No hago más comentarios, pero creo que los compañeros y compañeras de la PVD de Vitoria-Gasteiz equivocan el analisis, los datos, su objetivo, etc.

    Sin más, sin ningún ánimo de polemizar, pero si de aclarar.

    Os dejo la web de Alokabide para más información.



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  • LA PLATAFORMA POR UNA VIVIENDA DIGNA DE EUSKADI APOYA EL CANON SOBRE LA VIVIENDA VACIA PROPUESTO POR EL GOBIERNO VASCO

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    Leo en la web de la Plataforma por una Vivienda Digna que este colectivo social apoya el canon que sobre la vivienda vacía quiere imponer el Gobierno Vasco. Os dejo el comunicado integro que sobre este tema ha emitido la citada PVD.

    Agradezco enormemente este apoyo, después de haber sido insultado en todo tipo de medios de comunicación y por todo tipo de responsables públicos simplemente por creer que es posible armonizar el derecho a la propiedad con el derecho a la vivienda (y al medio ambiente) sabe bien un apoyo.

    Por cierto, echo de menos el posicionamiento (no digo favorable o contrario, digo simplemente posicionamiento) sobre este tema de CC.OO, ELA, UGT y LAB, sindicatos siempre a la gresca entre ellos, pero que en este tema han estado de acuerdo en no decir ni una palabra. ¿A que tiene miedo el movimiento sindical en esta materia? Para criticar la política de vivienda del Gobierno no se cortan ni un pelo (lo que me parece bien), pero también deberán decir las cosas que les parecen bien. ¿O no les parece bien esto del canon sobre las viviendas vacías?

    Tambien echo mucho de menos el posicionamiento público y oficial del Consejo de la Juventud de Euskadi -EGK, siempre tan presto a meter caña en público al Departamento de Vivienda (cosa que me parece bien), pero silentes en este caso. ¿Porque si apoyan la medida no lo dicen con claridad?

    Sea como fuere, quiero agradecer el apoyo de la PVD en el tema del canon.


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