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ayuntamiento de sevilla

  • CORRALA UTOPIA: REALOJO TEMPORAL POR MOTIVOS DE URGENCIA SOCIAL, DERECHO DE PROPIEDAD, LA IZQUIERDA Y EL PACTO CONSTITUCIONAL

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    En Andalucía se ha armado una tormenta política de primera magnitud que puede llevarse por delante el gobierno PSOE-IU, la más grande coalición de izquierdas en toda la política española.

    Relato los hechos tal y como yo los he conocido.

    • Millones de familias se sobre-endeudan para adquirir su vivienda, en un contexto de empleo precario, pero abundante y crédito ilimitado, con un estado y un mercado que casi no ofrecen posibilidades residenciales en materia de alquiler asequible.
    • Estalla la burbuja financiera internacional y financiero-inmobiliaria española y crece de forma exponencial el paro, la pobreza y el riesgo de exclusión social.
    • Cientos de miles de familias empobrecidas son desahuciadas de su vivienda por impago de hipoteca o alquiler.
    • La mayor parte de ellas se refugian en la ayuda de sus familias y en las cada vez más escasas que provee nuestro menguante Estado Social, aceptando su destino con sumisión y silencio.
    • Unas pocas decenas de miles de familias, más indignadas que sumisas, deciden organizarse en diversas redes cívicas de acción ciudadana.
    • Y de ellas, unos pocos cientos de familias, en extrema necesidad y/o extrema concienciación, deciden ocupar viviendas vacías de bancos que han sido rescatado con cientos de miles de millones de euros aportados por un contribuyente que rescata a la banca y a quien nadie le rescata.
    • Una de las ocupaciones más famosas y simbólicas es la de la llamada Corrala Utopía en Sevilla.
    • Ibercaja, propietaria del edificio ocupado y receptoras de todo tipo de ayudas públicas, interpone un pleito para expulsar de esa propiedad a los ocupantes y restituirla a posición inicial (vacía y sin uso).
    • La Justicia, después de un largo tira y afloja, en el que espera que el Ayuntamiento de Sevilla y la Junta de Andalucía (las dos Administraciones competentes en esta materia) lleguen a un acuerdo sobre como tratar el tema, emite un auto en el que autoriza el desalojo y mandata a las Administraciones a que tutelen los derechos habitacionales de los menores y demás personas en riesgo de exclusión social involucradas en este caso.
    • El Ayuntamiento de Sevilla, que dispone de viviendas públicas de alquiler vacías en la plaza, se pone de perfil y pasa del asunto.
    • La Consejería de Fomento de la Junta, en cumplimiento del mandato judicial, así como de los Tratados Internacionales firmados por España, de nuestra Constitución, de diversas leyes estatales y autonómicas y de la propia normativa de gestión de vivienda pública, realoja a las familias de forma temporal y por motivos de urgencia a 18 familias, 6 en viviendas de la Junta y a 12 en viviendas alquiladas al efecto.
    • La Presidente de la Junta de Andalucía (PSOE) entiende que este proceder no se ajusta a derecho y es una afrenta al principio de igualdad (lista de espera de demandantes de vivienda protegida) y emite un decreto por el que retira a la Consejería gestionada por IU las competencias en materia de adjudicación de vivienda protegida.
    • IU suspende de forma momentánea el pacto de gobierno que tiene con el PSOE en Andalucía.

    Hasta aquí os hechos a día de hoy. Ahora haré algunas consideraciones no factuales.

    En primer lugar, haré una consideración exclusivamente jurídica. Todas las CCAA tienen mecanismos para realojar de forma urgente y provisional a personas en riesgo de exclusión social, de forma excepcional frente al procedimiento habitual de adjudicación definitiva de viviendas protegidas entre demandantes de las mismas inscritas en registros públicos al efecto. En todas las CCAA todos los meses se acuerdan este tipo de realojos. Si además, como es el caso de la corrala sevillana, hay un mandato judicial a las Administraciones competentes cerramos el círculo de la juridicidad, al darse base constitucional, legal, administrativa y judicial más que necesaria para la actuación hoy tan polémica. Por resumirlo en términos jurídicos precisos, estamos ante discreccionalidad administrativa altamente reglada. Y puede haber un juicio de oportunidad política sobre el uso de la misma. Pero no una acusación de ilegalidad o antijuridicidad. 

    Hecha esta precisión jurídica, muestro mi asombro por la que la prensa española, incluida la "progresista", están hablando de este asunto. No solo se habla de violación de la ley (algo que indubitablemente no se da en este caso), sino que algunos "medios" hablan de prevaricación. Tipo penal que no se puede dar en este caso por muchas razones. Empezando por el respeto al derecho. Y acabando por la ausencia de dolo penal (querer dictar una resolución injusta a sabiendas de que lo es).

    Y acabo con la consideración política que es la madre de todo este cordero: ciertos partidos políticos consideran no solo sagrado el derecho de propiedad, sino que tienen una lectura del mismo que no se ajusta al tenor literal de nuestra Constitución (función social de la propiedad), de los tratados internacionales firmados por nuestro Estado, de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en relación a la necesidad de interpretar el derecho de propiedad (y su función social) en conjunto con otra serie de derechos constitucionales (derechos de los menores, derecho a la vivienda, exclusión social, estado de necesidad, etc), así de las leyes autonómicas promulgadas en materia de vivienda y asuntos sociales. Y esos ciertos partidos políticos no tienen una desajustada lectura jurídica de la propiedad por casualidad o por ignorancia, sino que lo hacen plegándose de forma acrítica y sumisa a los mandatos del lobby financiero-inmobiliario español, que es el principal responsable de habernos traído hasta donde estamos y que hoy vive gracias a la caridad (forzada) del contribuyente español y comunitario. 

    Algunos dicen, en lenguaje de la calle, que el lobby financiero-inmobiliario (que ha conseguido anestesiar o amedrentar a la población para ser salvados con fondos públicos) no puede permitir que las familias pobres ocupen las viviendas vacías que estos tienen aún hoy gracias al modelo de rescate público por el que se ha optado. Si unas familias pobres ocupan vivienda vacía de un banco rescatado con fondos públicos y no reciben una contundente respuesta del Estado (dormir al raso), cabe el riesgo de que más familias pobres ocupen viviendas de más bancos rescatadas por el contribuyente.

    Este episodio amenaza con llevarse por delante el mayor gobierno de coalición de la izquierda española. Pero se puede llevar por delante muchas cosas más. Cuestiones que tienen que ver con el contrato firmado entre clases sociales, generaciones, regiones, capital y trabajo que llamamos orden constitucional y que está, en estos momentos, cuando menos, en crisis.

    Tres pinceladas para acabar sobre como se debería haber evitado este concreto sainete de la Corrala Utopía:

    • La Justicia podría perfectamente no haber obligado al desalojo, habida cuenta de que estamos ante familias pobres con menores a su cargo (que deben recibir una especialísima protección jurisdiccional) y el edificio de Ibercaja no tiene en vigor o a punto de firmarse contrato alguno de venta o alquiler. Muchos jueces están protegiendo a los ocupantes en estado de extrema necesidad cuando hay menores y la propiedad no tienen voluntad alguna de vender o alquilar. Si en la corrala de Sevilla se hubiera hecho lo propio nos habríamos evitado este desagradable incidente.
    • Y tampoco estaríamos donde estamos si PSOE e IU, ambos al mando de la Junta de Andalucía y ambos partidos de izquierdas, no le hubiesen tolerado al Ayuntamiento de Sevilla, gestionado por el PP, que se ponga de lado como si el tema no fuera con el, a pesar de que ostenta importantes competencias y dispone de recursos que permitirían, al menos, haber atendido el realojo transitorio y de urgencia por motivos de riesgos social. Tendrán que explicarnos las razones por las que prefieren una querella interna de la izquierda, en vez de confrontar con la derecha.
    • Las inauguraciones, cortes de cinta, entregas de llaves, etc hechas por políticos deberían estar prohibidas por ley en todos los casos. No son los políticos los que dan y los siervos los que reciben, sino que son todos los contribuyentes los que pagan y ciertos ciudadanos los que reciben. Y en este sainete la imagen de políticos de IU abrazados a okupas desalojados con llaves en la mano ha jugado un papel no menor. Esas fotos deberían haberse evitado. No el realojo de pobres con menores a su cargo todos ellos en riesgo de exclusión socio-residencial. Solo las fotos.

     

    ACTUALIZACIÓN 14/4/2014: parece que la sangre no ha llegado al río. El PSOE (Presidencia de la Junta) acepta que es legal realojar de forma urgente y transitoria a familias en riesgo de exclusión social. E IU (Fomento de la Junta) acepta que se revisen una vez más con lupa por parte del PSOE (la propia IU ya lo ha hecho) así como el PP; unos a través del Departamento de la Junta competente en materia de vivienda y otros a través de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Sevilla) los 18 casos de marras, para ver quien es titular del derecho al realojo excepcional y transitorio por motivos sociales. Veremos como evoluciona este asunto ...

     

    ACTUALIZACIÓN 29/6/2014: el TSJA archiva una denuncia por prevaricación contra la Consejera de Fomento, al considerar que se ha actuado de acuerdo a derecho en el realojo transitorio de menores y familias por motivos sociales. El tema lo recoge la prensa con profusión (1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9), aunque, en modo alguno, con el despliegue de que hizo gala dos meses antes.

     

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