Ok

By continuing your visit to this site, you accept the use of cookies. These ensure the smooth running of our services. Learn more.

NO PUEDO DISIMULAR LA VERGUENZA: CLAUSULAS ABUSIVAS DE EMPADRONAMIENTO PARA ACCEDER A VIVIENDA PROTEGIDA EN EUSKADI

6 comments
P1000921.JPG

Hace ya unos días leí una noticia en el periódico que nos explica que para unas determinadas promociones de vivienda protegida será requisito haber estado empadronado durante 15 años en el municipio de Sestao.

No tengo ninguna intención de polemizar con el Ayuntamiento de Sestao con quien como Departamento de Vivienda del Gobierno Vasco mantenemos unas excelentes relaciones, pues somos socios en proyectos estratégicos de regeneración socio-urbanística en dicho municipio.

Pensemos que el titular que he aportado es de cualquier otro municpio de Euskadi. Desgraciadamente este es un tema que se da en muchos lugares y no solo en el que aporto como ejemplo. Y analicemos el tema en genérico, como problema público y jurídico.

Sin que creo quepa interpretación jurídica diferente a esta, este tipo de cláusulas son claramente contrarias al derecho constitucional vigente en España (entre otros artículos de la Constitución de 1978, cláusulas como las que cito son contrarias al artículo 14. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social; artículo 19. Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia; artículo 47. Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho), así como a las libertades fundamentales jurídicamente establecidas y tuteladas por la Unión Europea. (viola la libertad de circulación y residencia de los ciudadanos de la UE en todo su territorio libertad tradicional del acervo comunitario europeo).

La nulidad de pleno derecho de los acuerdos municipales que establecen este tipo de cláusulas es palmaria. Cualquier ciudadano que se sienta perjudicado por este tipo de actos administrativos municipales puede acudir a la via contencioso-administrativa, previo paso por la vía administrativa, donde a buen seguro recibirá tutela judicial efectivo. Y en caso de que esto no fuera así, siempre queda el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional en un caso como este de clara violación de derechos y libertades fundamentales. Incluso el Tribunal Europeo de Justicia, si tuviera que entender del caso, fallaría sin demasiadas vacilaciones. Así lo veo yo (como jurísta, no como Viceconsejero) y así lo ve el Ararteko (cuya responsable del área de vivienda, María Luisa Aguirretxe, es profesora universitaria de derecho).

Lo miremos como lo miremos estamos ante claúsulas administrativas que pretenden que las viviendas protegidas (constuídas casi siempre con dineros públicos total o parcialmente ajenos al municipio, aunque a los efectos de nuestro análisis esto es jurídicamente irrelevante) queden en manos exclusivamente no de habitantes del municipio, sino de "uno de los nuestros", "gente de toda la vida del pueblo", "mis votantes (dicen algunos alcaldes)", etc, evitando que caigan en manos de forasteros "recién llegados". Jurídicamente la cosa no tiene ni un pase, como digo.

He asistido a casos kafkianos en los que un municipio exigía, por ejemplo, 10 años de residencia para acceder a un sorteo de vivienda protegida y una persona después de llevar ocho 8 empadronada en ese municipio se va a otro en el que también exigen 10 años de empadronamiento y por lo tanto se puede llegar a pasar 19 años sin derecho a participar en ningún sorteo. No puedo acceder a sorteos en los 8 años que estuvo empadronada en el municipio 1 y hasta que no pasen 11 años no podrá participar en los sorteos del municipio 2. Por cierto, durante esos 19 años esa persona paga impuestos en los dos municipios como cualquier ciudadano.

En muchas ocasiones se me ha interpelado sobre este asunto en este blog y se ha pedido "mano dura" por parte del Gobierno Vasco. La cosa es jurídica y políticamente imposible. Los ayuntamientos rechazan que este tema se regule por un decreto u orden del Gobierno Vasco (pues limita, según ellos, su autonomía municipal -constitucionalmente consagrada en el artículo 137 de la Constitución-) y exigen que el tema si se trata se haga solo en una ley del Parlamento Vasco. Incluso cuando se trate de regular por ley se opondrán a que haya límite alguno para los municipios.

Nosotros como Gobierno Vasco hemos hecho lo que podemos hacer. Cuando los ayuntamientos nos dejan (recuerdo que todo el suelo con el que trabaja el Gobierno proviene de convenios firmados con los ayuntamientos y si ellos no quieren no se firman convenios, por lo que tienen mucha fuerza para poder imponer sus propias condiciones en esos convenios) sorteamos entre las personas que llevan empadronadas un año en cualquier municipio de Euskadi y solicitan vivienda en ese municipio. Cuando los ayuntamientos no nos permiten esto, procuramos sortear entre las personas empadronadas en el municipio por un año. Y cuando los ayuntamientos se ponen muy inflexibles con esto llegamos a aceptar como máximo empadronamientos de dos años en el municipio. Pero todo esto a los ayuntamientos les parece muy mal y en muchas ocasiones ha impedido convenios entre ayuntamientos y el Gobierno. Yo he escuchado muchas veces que las viviendas de X son primero para los de X y después para los que son de X pero viven fuera de X y si no se pueden llenar, entonces se podrá acudir a gente "de fuera" (por ejemplo, tan "de fuera" que son del municipio de al lado). En algunos casos, esta es la explicación de que veáis viviendas protegidas vacías muchos meses después de que se hayan sorteado.

Obviamente este tema se trata en el Proyecto de Ley de Vivienda que en breve estudiará el Parlamento Vasco y cuando llegue el momento supongo que se montará un buen follón.

Pero yo no puedo dejar de compartir con ustedes mi verguenza y bochorno, como ciudadano y como jurista, antes cláusulas que exigen 15 años de residencia en un municipio para acceder a un sorteo de vivienda protegida.

Sé que me voy a ganar un momtón de comentarios desagradables en este blog, pero no puede dejar de expresar mi indignación.

(la foto pertenece a un paseo por el País Vascofrancés de esta pasada primavera) 

ARTICULOS ANTERIORES EN ESTE BLOG QUE TRATAN DE TEMAS RELACIONADOS Y QUE PUEDE INTERESARTE:

 

Technorati Tags: , , , ,

Comentarios

  • Es una clausula, ya no sólo abusiva, incostiucional, sino racista. Yo me pregunto ¿no se puede actuar de oficio?, o ¿hay que ser directamente afectado?, la solución definitiva sería una sentencia del TC.

    Un saludo desde las antipodas (en vivienda (Murcia)).

  • Este mismo problema lo sufrimos en Catalunya. Después de aprovar la Lei del Derecho a la Vivienda que establece unas pautas generales para el acceso a la vivienda pública, se presentó el borrador del Reglamento del Registro de Solicitantes. Este reglamento quería establecer el criterio de tres años de padrón para acceder a viviendas de alquiler y de cinco años para las de compra. El reglamento se está negociando con los ayuntamientos (la mayoría con alcaldia del PSC) que pusieron el grito en el cielo con argumentos muy parecidos a los que denuncias. Son argumentos populistas y reaccionarios que no pretenden solucionar ningún problema, sino aparentar que se defienden los intereses locales. La práctica demuestra que no existe tal problema y si necesidades que hay que satisfacer, por ejemplo la movilidad laboral que en el área metropolitana de Barcelona es muy amplio. Hasta pronto.

  • Es un problema de Xenofobia de libro.

    Una de las primeras visitas que hice a alcaldes y concejales vascos cuando me incorporé a ORUBIDE para conveniar proyectos de gestión de suelo con ayuntamientos fue precisamente en el pueblo de XXX en 2.003. Allí, el alcalde XXX, del PSE, me dijo en aquella primera reunión "que no estaba dispuesto a volver a repetir la experiencia de XXX" (la única gran promoción de vivienda pública que se construyó en XXX en los últimos veinte años, de casi 300 viviendas, promovida por el Gobierno Vasco y VISESA). Lo que me dijo me dejó alucinado: no querían, ni él ni su concejal de urbanismo, XXX, también del PSE, que se repitiera la "indignante" adjudicación de algunas viviendas a "gente de fuera", incluso a "extranjeros" y hasta "rumanos" (dulce e impropia manera de aludir a personas de etnia romaní, mayormente gitan@s), "mientras hubiera una sola persona de XXX sin vivienda".

    Esta actitud xenofoba y de "economía de la escasez" me llama especialmente la atención en personas jóvenes, leídas y viajadas, como es el caso (presuntamente) del alcalde de XXX. ¿L@s ciudadan@s que viven, trabajan, están empadronados y pagan sus impuestos en su pueblo desde hace uno, dos o tres años tienen menos derecho a vivienda digna que los de "irún de toda la vida", pata negra? ¿No son el alcalde y el concejal, como yo, ciudadanos vascos "sobrevenidos", de última o penúltima generación, hijos o nietos de emigrantes castellanos, gallegos, extremeños o andaluces? ¿Su memoria es frágil, o su ética es tan xenófoba como injusta y discriminatoria?

    Que esta postura la defiendan en Fuerza Nueva, e incluso en el ala más rancia del PP, no me resulta extraño. Que alguien que se autodenomina "socialista" la defienda, me indigna.

    Gracias por tener la valentía de sacar el tema, Javier. Es necesario ir desvelando cuáles son las verdaderas actitudes de quienes se autodenominan "de izquierdas".

    Nota: comentario moderado por el dueño del blog con permiso expreso del autor del comentario.

  • Don Daniel, me temo que la Justicia no va a actuar de oficio. El tema solo llegará a los tribunales si se produce lo que yo he comentado en mi post: recurso administrativo, recurso contencioso-administrativo y después quizá recurso de amparo ante el TC.

    Por cierto, el asunto no solo discrimina a los extranjeros, sino que también lo hace con el resto de españoles y vascos. A mi más que racismo, me parece tribalismo electoral. Me explico el alcalde, como jefe de la tribu, quiere beneficiar solo a los del pueblo, que además son los únicos que pueden votar en las elecciones. El Alcalde y su partido no quiere nuevos ciudadanos, pues eso lo puede significar menos votos entre los ciudadanos preexistentes y vaya usted a saber lo que votan los nuevos ciuadadanos. Yo lo llamaría tribalismo electoral.

    Un saludo desde Euskadi y muchas gracias por pasar por aqui y opinar.

  • Paco Morales, coincido con tu análisis. es triste, pero a los alcaldes del PSE del área metropolitana de Barcelona les interesa más ganar las elecciones en sus pueblos y que nadie les altere el patio que el derecho al trabajo, la vivienda y la movilidad de sus ciudadanos. Es el mundo al reves, son los ciudadanos los que están a su servicio.

    Una fort abraçada,

    PD: gracias por pasar por aqui y más aún por participar.

  • fernando mh, no creo haber publicado este post por valentía, sino por honestidad intelectual, por pura indignación.

    Por cierto, como ya he comentado, el tema no es de racismo solo, pues no discrimina a extranjeros exclusivamente. Cualquier español o vasco también es discriminado con estas medidas. Vamos, hasta el de toda la vida del pueblo de al lado.

    Un saludo,

Los comentarios son cerrados