Parece ser que el PSOE, PP, CIU y CC están por la labor de reformar la Ley de costas española (Ley 22/1988, de 28 de julio). Con tal consenso político (solo falta el PNV, partido de un territorio con una costa bastante menos machacada que el resto de España -no he dicho que sea una costa sin atentado ecológicos-, el BNG que creo está desojando la margarita estatal -aunque ya sabemos por que eligió cuando se desojó la margarita gallega- e IU+ICV que supongo serán los únicos en defender en el Congreso la postura de los ecologistas), es de suponer que la reforma de la Ley de Costas saldrá adelante.
Esta ley trató de reforzar en 1988 un principio inveterado en derecho español (y no solo español): el caracter de dominio público de nuestras costas (lo que lo hace incompatible con la propiedad privada y con usos lucrativos privados). Esta declaración no es un, vamos a llamarlo, capricho de las Administraciones Públicas, sino una consecuencia lógica de la importancia ecológica, estratégica, social y económica de una franja de terreno de más de 8.000 km que no es sustituible, por ser única (el medio millón de metros cuadrados de España contiene todo tipo de suelos, muchos de ellos intercambiables entre ellos en términos de planificación territorial y económica, pero los 8.000 km de costa son únicos). El mercado es incapaz de gestionar la costa con respeto a todos los valores en juego. No creo que en España haya que argumentar mucho este aserto, habiendo pasado lo que ha pasado en nuestras cementadas costas. El mercado sirve para muchas cosas, algunas las hace bien, pero es incapaz de ponderar bienes colectivos y no monetarizables. No por maldad, sino por no estar diseñado para ello.
Lo ocurrido en los últimos veinte años en España (urbanización feroz de nuestras costas al servicio de ciertos poderes empresariales, financieros y políticos) deja bien claro que esta ley y su reglamento (Real Decreto 1471, de 1 de diciembre de 1989) no han cumplido plenamente con sus objetivos, sin perjuicio de que los instrumentos en ella contenidos han podido ser usado de forma fructífera en muchas ocasiones. Pero a lo que me refiero es a efectos globales y sistémicos. Y en es claro que el cemento ha ganado la batalla a la Ley 22/1988.Esta afirmación no es debatible, pues basta ver las fotografias del Corine Land Cover para comprobar el grado de depredación urbanística de la costa española en muy pocos años. Una vez comprobado como nos hemos comido nuestras costas, es interesante leer los datos de endeduamiento público y privado, caida del PIB y paro de las CCAA más devoradoras de costa y comprobar que las CCAA más abrasivas con el territorio y el medio ambiente son las que más están sufirendo la crisis económica.
Así como lo anterior no es debatible, lanzo ahora una opinión personal, la aplicación de la Ley de Costas es una de las causas que mas ha pesado en el Presidente Zapatero para cesar a la Ministra de Medio Ambiente Cristina Narbona, una de las cabezas mejor amuebladas del PSOE en materia de ordenación del territorio, medio ambiente, urbanismo y vivienda. La Sra. Narbona quiso desplegar plenamente los efectos de la Ley de Costas (derribos de construcciones ilegales, reversión al dominio público en unas décadas de otras construcciones ilegales -permitir que durante más de medio siglo se conserven los derechos de uso sobre edificaciones ilegales, pero que pasado ese tiempo la propiedad revierta en el Estado y no se consoliden edificaciones ilegales en la costa-, etc) y pago con el cese y el destierro a París (es desde abril del 2008 embajadora de España ante la OCDE) su enfrentamiento con el lobyy del cemento. Este lobby había asumido que la Ley de Costas existía pero que no se iba a aplicar nunca de forma plena y sistemática y cuando llegó una Ministra que decidió aplicarla con determinación se puso en marcha la operación acoso y derribo.
Pues bien, establecido que la Ley 22/1988 no ha sido plenamente efectiva para la protección de las costas españolas, los legisladores españoles, en vez de buscar nuevos métodos para proteger los bienes jurídicos colectivos en juego, han decidido que lo que hay que hacer es diluir la ley y proteger casi única y exclusivamente los derechos a la propiedad privada y a la herencia (añado yo, de sus votantes españoles y de los extranjeros residentes en España, organizados todos ellos para santificar la ilegalidad de sus construcciones costeras).
Esta elección de los legisladores españoles la vamos a pagar todos de forma muy onerosa en un futuro no tan lejano, de hecho en muchas CCCA, como he comentado más arriba, ya se está pagando. La depredación del medio ambiente como prinicipal fuente de PIB y empleo es una huida hacia adelante guiada por el cortoplacismo y el beneficio fácil que va a hipotecar aún más de lo que ya lo está el futuro económico de España. Todo el mundo coincide en que España está atrapada en el trinomio sector inmobiliario-turismo-industria del automovil. Todo el mundo coincide en que hay que ir hacia otro patrón económico más sostenible en términos económicos y medioambientales. Pero cada vez que se toma una decisión se hace a favor del viejo, poco productivo y medioambientalmente insostenible trinomio antes citado.
Por cierto, que la Ley 22/1988 de Costa no es la ley de los derribos por doquier, como algunos nos han querido hacer creer. Estamos ante una ley que a través de los derechos de uso por más de medio siglo permite a propietarios de buena fe de construcciones ilegales mantener el uso de las mismas toda la vida y después que dicha construcción vuelva a ser propiedad del Estado (a veces incluso con indemnización expropiatoria), que procederá a demolerla para dejar la costa como tiene que estar, en principio, limpia de artificialización. Este método de consolidación en el futuro del dominio público con respeto temporal de los derechos de uso no ataca a la propiedad tanto como los derribos y si ataca el derecho a la herencia. Pero, me pregunto, ¿la protección del dominio público costero, como defienden muchos, no solo tiene que subordinarse al derecho de propiedad, sino tambien al derecho a la herencia? ¿Es razonable esta prelación de los bienes jurídicos: primero propiedad, después herencia, y, por fin, si queda algo, dominio público costero y medio ambiente?
Y en relación a los derribos puros y duros, posibilidad legalmente respaldada por la Ley 22/1988 de Costas para las construcciones ilegales en dominio público costero, no es casual que el legislador español, expoleado por los lobbies cementeriles, se apreste a modificar ahora nuestra legislación. El pasado mes de marzo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos estableció que la Ley de Costas de Francia de 1986 no viola el derecho a la propiedad (expresamente protegido por la Convención Europea de DDHH), pues, en ciertas circunstancias, entre el derecho al medio ambiente de todos y el derecho a la propiedad de unos pocos debe prevalecer el primero. Esta sentencia es muy novedosa por varias razones. Es la primera vez que entre el derecho al medio ambiente (no contemplado por la Convenión Europea de DDHH de forma expresa) y el derecho a la propiedad (recogido nada mas y nada menos que en el artículo 1 de la Convención) se opta por proteger al primero. Y esta sentencia tiene que ver con una ley de costas, la francesa, mutatis mutandi, casi igual a la española. Supongo que ante la posibilidad de nuevos pleitos ante el Tribunal Europeo de DDHH que pudieran forzar a aplicar de forma masiva la Ley 22/1988 de Costas españolas, algunos poderes económicos y políticos han pensado que es necesario modificar la ley nacional para tratar de protegerse ante las sentencias europeas. Aunque este camino tiene un recorrido limitado, pues por mucho que se modifique la ley española, la Convención Europea de DDHH va a serguir siendo el mismo. Aunque, no hay que negarlo, las modificaciones de las legislaciones de los estados miembros pueden hacer mella en los parametros interpretativos de los jueces de la convención europea.
Sea como fuere, esperemos que la presión de organizaciones medioambientales y de la ciudadanía en general frene el ataque a nuestras costas y a nuestro futuro que puede suponer esta reforma de la Ley 22/1988 de Costas. Pero mucho me temo que un tema de esta importancia se cocinará casi en secreto y además gozará de cierto apoyo social de parte de la ciudadanía, que entre desarrollar nuevas fuentes de riqueza y empleo y destrozar aún más la costa, prefieren lo segundo por fácil y poco trabajosos. Ojala me equivoque.
PD: Greenpeace, Ecologistas en acción y otras ONGs están preocupadas por esta posible reforma de la Ley de Costas (1, 2 y 3) e incluso el Sr. Fernando Palao, que fue secretario de Estado y redactó la Ley de Costas nos alerta de la que se nos puede venir encima.
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